COLLEGIUM INTERNATIONALE SANCTI BERNARDI IN URBE





Sebastiano Pacciolla, o.cist.







LA FORMACIÓN EN LOS INSTITUTOS DE LOS
RELIGIOSOS
COMPLETAMENTE ENTREGADOS A LA
CONTEMPLACIÓN
ESPECIALMENTE DE LAS MONJAS (PC 7)

(extraído de "Commentarium pro Religiosis III-IV (1990), pp. 485-504)













Apuntes y notas para el
Curso de Formadores de la Orden Cisterciense
(Pro manuscripto)

Curia General de la Orden Cisterciense
ROMA - 2002






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LA FORMACIÓN EN LOS INSTITUTOS DE LOS RELIGIOSOS COMPLETAMENTE DEDICADOS A LA CONTEMPLACIÓN, ESPECIALMENTE DE LAS MONJAS (PC 7)



Sumario


Introducción: 1) Criterios de aplicaciones; 2) Destinatarios; 3) Valor de la formación; 4) Elementos principales: - Lectio divina - Liturgia - Trabajo - Ascesis; 5) Normas prácticas de actuación. Síntesis latina.


Introducción

El capítulo IV de las normas directivas Potissimum Institutioni1 inherente a la formación en los institutos de los religiosos completamente dedicados a la contemplación, ya sea por su colocación inmediatamente siguiente al capítulo que se refiere a los elementos comunes a todos los institutos religiosos, ya sea por el modo particular de tratar determinados aspectos de la formación, se presenta con un carácter específico.
Este primer dato, que constituye al mismo tiempo la peculiaridad y los límites del capítulo, se debe tener constantemente presente al considerar la formación en los institutos contemplativos en cuanto que para una visión global y exhaustiva de la formación no se puede limitar a ésta.
Es necesario integrarlo con elementos tomados de los capítulos precedentes, sobre todo el capítulo III, dedicado a las etapas de formación en los institutos de vida consagrada para todos los religiosos, y de los sucesivos, teniendo en cuanta las cuestiones


1 Cfr. Potissimum Institutiones (= PI), en AAS, 82 (1990), pp. 470-532. Al documento se le atribuye el valor de instrucciones.

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actuales concernientes a la formación de los religiosos y, en el caso de institutos masculinos, el capítulo que se refiere a la formación de los religiosos presbíteros.
El capítulo presenta su dinámica interna, plasmada en el presente trabajo, que es posible resumir en cinco puntos:

1) criterios de aplicaciones;
2) destinatarios;
3) valor de la formación;
4) elementos principales;
5) normas prácticas de actuación.

1. Criterios de aplicación (n. 72)

72. Lo que se ha dicho en los capítulos precedentes se aplica a los institutos a que nos referimos aquí, respetando su carisma y su tradición y legislación propia.

El breve párrafo subraya la conexión entre la formación en los institutos religiosos en general y la de los institutos religiosos enteramente dedicado a la contemplación.
Semejante conexión se verifica en un contexto de uniformidad y al mismo tiempo de diversidad complementaria2 en función a tres criterios prácticos de aplicación, esto es, el respeto del carisma, de la tradición y del derecho propio de los institutos contemplativos, desde el momento que la Iglesia defiende y sostiene la índole propia de los diversos institutos religiosos3.
Por lo tanto la finalidad de la formación inicial de los candidatos, esto es, la iniciación a la vida religiosa, el descubrimiento y la toma de conciencia de lo específico de la vida religiosa en la Iglesia4, y de aquella permanente, la ayuda a la realización de su


2 Cfr. PI n. 5.
3 Cfr. PI n. 16.
4 Cfr. PI n.6.

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unidad en Cristo por medio del Espíritu5 deben seguir los mencionados criterios.
Aunque no afirmado expresamente en el párrafo6 se trata repetir como la formación de los miembros pertenece a la autonomía de cada instituto7, mediante la cual éstos tienen la propia disciplina en la Iglesia y pueden concretamente conservar íntegro el propio patrimonio8.

2. Destinatarios (n. 73)9

Lugar que ocupan estos institutos en la iglesia
73. " Los institutos que se ordenan íntegramente a la contemplación, de suerte que sus miembros vacan sólo a las cosas Dios en la soledad y el silencio en asidua oración y gozosa penitencia, mantienen siempre por mucho que urja la necesidad del apostolado activo, un puesto de elección en el Cuerpo místico de Cristo cuyos "miembros no desempeñan todos la misma función" (Rom 12, 4). Ofrecen, en efecto, a Dios un eximio sacrificio de alabanza. Ilustran al pueblo de Dios con frutos abundantes de santidad. Lo arrastran con su ejemplo y procuran su crecimiento con una misteriosa fecundidad apostólica. Ellos son así el honor de la Iglesia y una fuente de gracias celestes ".1
En el seno de una Iglesia particular, " su vida contemplativa es su primero y fundamental apostolado, porque según un designio especial de Dios, es su modo típico y característico de ser Iglesia, de vivir en la Iglesia, de realizar la comunión con la Iglesia, de cumplir una misión en la Iglesia ".2
Desde el punto de vista de la formación de sus miembros, y por la razones que acaban de darse, estos institutos piden una atención muy particular, tanto en la formación inicial como en la formación permanente.


5 Cfr. PI n. 1.
6 Cfr. PI n. 95.
7 Cfr. can. 586 § 1.
8 Cfr. can. 578.
9 La descripción conciliar de los religiosos contemplativos, permite comprender la estrecha relación entre los institutos completamente dedicados a la contemplación y a la descripción del código de la vida consagrada (cfr. can. 573), mientras evidencia su peculiaridad en el ámbito de la vida religiosa (cfr. can. 607).

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Determinados los criterios de aplicación, con un párrafo viene trazado el perfil de los institutos completamente dedicados a la contemplación, a cuyos miembros le son referidas las directrices presentes en el cuarto capítulo.
El objetivo del párrafo, que nos introduce en la dinámica del capítulo, es la de presentar la figura de los destinatarios a través de la consideración de la función descubierta de tales institutos en la Iglesia.
La descripción de los religiosos contemplativos, teniendo como fuente el Concilio Vaticano II, puede cogerse en los siguientes rasgos entre ellos inseparables:
- ocupación primera y exclusiva de Dios;
- en la soledad y silencio10;
- en oración continua y en intensa penitencia11.

En mismo texto conciliar viene además indicada, con fundamento bíblico, la peculiaridad de la función de tales religiosos en el dinamismo de la Iglesia12 y confirmado, en la toma del acto de la real urgencia del apostolado activo, el lugar que los religiosos completamente dedicados a la contemplación deben mantener en la Iglesia.
El paso sucesivo es la consideración de la función de tales institutos en la Iglesia, a nivel universal y a nivel particular.
En el contexto de la Iglesia universal, tales religiosos se caracterizan por su acción cúltica, en cuanto que ofrecen a Dios un


10 Mientras que según PI n. 28 la soledad y el silencio son elementos indispensables durante el tiempo de la formación inicial para los miembros de todos los institutos religiosos, para los contemplativos son notas características de su forma de consagración.
11 Es notorio que el can. 673, hablando del apostolado de todos los religiosos, afirma que éste consiste en primer lugar en el testimonio de su vida consagrada, que ellos están obligados a alimentar con la oración y la penitencia.
Esto se aplica también a los institutos completamente dedicados a la contemplación, sólo que para ellos se subraya que la oración es continua y la penitencia es intensa.
12 Cfr. ANDRÉS GUTIERREZ D.J. - GARCÍA PAREDES J.C.R., De vita religiosa intra dynamismum Ecclesiae, en: Commentarium pro Religiosis, 63 (1982), pp. 124-134.

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excelente sacrificio de alabanza, a la que se añaden otros efectos en las confrontaciones del pueblo de Dios como frutos de santidad, el ejemplo y el incremento mediante una misteriosa fecundidad apostólica13.
Refiriéndose a la Iglesia particular desarrollan un peculiar apostolado al presentar un modo particular:
- de ser Iglesia;
- de vivir en la Iglesia;
- de realizar la comunión con la Iglesia;
- de cumplir una misión en la Iglesia14.

La doble modalidad de presencia a nivel de Iglesia universal y particular descrita por el parágrafo nos permite de una parte acoger la función de los religiosos contemplativos en su unidad y globalidad, de otra, evitar posibles distinciones considerando los dos niveles separadamente.
Hechas estas premisas aparece más justificada la atención de la Iglesia a la formación de los religiosos contemplativos, en su aspecto de formación inicial y en el de la formación permanente.
A este punto conviene precisar que el capítulo IV, aunque subraye en su título de ser dirigido praeprimis a las monjas, si se exceptúa el parágrafo inherente a los religiosos presbíteros15, no hace otra distinción entre institutos contemplativos masculinos y femeninos16.
Sucesiva precisión que emerge de la lectura de todo el documento es que por destinatarios se sobreentiende, con funciones diferentes, súbditos y superiores mayores.
Estos últimos en efecto, juntos a aquellos que son antepuestos a la formación, son los primeros destinatarios de las normas


13 El bramo citado de PC n. 7 para describir los institutos religiosos completamente dedicados a la contemplación, es una de las fuentes del can. 674 que confirma la peculiaridad de tales estudios en el contexto legislativo canónico.
14 Cfr. CDRL nn. 26-27.
15 Cfr. PI n. 78.
16 Se tiene presente evidentemente el can. 606.

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directivas17, en cuanto, que con una acción específica de mediación18, son los primeros responsables de la formación de los religiosos19. Los superiores deberán actuar en función de los criterios de ejercicio de su oficio sancionado por el Código, es decir, conforme al derecho universal y propio20, espíritu de servicio21, solicitud22, teniendo presente que toda l a obra de formación es fruto de la colaboración entre los responsables y los discípulos23.



























17 Cfr. PI n. 4.
18 Cfr. PI n. 30 y BISIGNANO S., Un modo nuovo di parlare di formazione, en: Informationes SCRIS, 16 (1990), p. 94.
19 Cfr. PI n. 98.
20 Cfr. can. 617.
21 Cfr. can. 618.
22 Cfr. can. 619.
23 Cfr. PI n. 32.

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3. Valor de la formación (n. 74)

La importancia que en ellos reviste la formación
74. No podrían considerarse como secundarios el estudio de la Palabra de Dios, de la Tradición de los Padres, de los documentos del Magisterio de la Iglesia y una reflexión teológica sistemática allí donde las personas han optado por ordenar todo el conjunto de su vida a la búsqueda prioritaria, si no exclusiva, de Dios. Estas religiosas y religiosos íntegramente ordenados a la contemplación aprenden en la Escritura cómo Dios no se cansa de buscar a su criatura para hacer alianza con ella y cómo, a su vez, toda la vida del hombre no puede ser sino una búsqueda incesante de Dios. Y ellos mismos se empeñan pacientemente en esta búsqueda. La creatura tambalea bajo el peso de sus limitaciones, pero, al mismo tiempo, Dios la hace capaz de apasionarse por esta búsqueda. Es preciso pues ayudar a estos religiosos a acercarse al misterio de Dios, sin desatender las exigencias críticas de la razón humana. Es necesario también destacar las certezas que ofrece la Revelación sobre el misterio de Dios Padre, Hijo y Espíritu Santo, permaneciendo modestos sin embargo acerca del resultado de una búsqueda que no acabará sino en el cara a cara, cuando veremos a Dios tal cual es. La primera preocupación de estos contemplativos no es ni puede ser la de adquirir amplios conocimientos ni conquistar grados académicos. Es y debe ser la de afianzar la fe " garantía de los bienes que se esperan y prueba de las realidades que no se ven ".3 En la fe se encuentran el fundamento y las primicias de una contemplación auténtica. Ella introduce ciertamente por rutas desconocidas: " Abraham salió sin saber a donde iba"; 4 pero la fe permite mantenerse firme en la prueba como si se viera lo invisible.5 Ella sana, profundiza y ensancha el esfuerzo de la inteligencia que busca y que contempla lo que no alcanza ahora sino como "en un espejo y en enigma"6.

En sintonía y continuidad con la tradición, las normas directivas confirman los tres fundamentos clásicos sobre los que giran el contenido de la formación de los miembros de los institutos contemplativos, es decir, la Palabra de Dios, la tradición de los Padres y el magisterio de la Iglesia, uniéndoles a una reflexión teológica sistemática.
Entre las posibles formas de acercamiento al patrimonio escriturístico, patrístico y magisterial, triple y único canal de donde la

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Palabra de Dios llega a todo fiel24, está subrayado que estos argumentos deben ser profundizados mediante el estudio, el que implícitamente reafirma otros elementos que encontramos sueltos25.
El modo en que está formulada la expresión, de forma indirecta y ocultamente negativa, si de una parte idealmente se refiere a cuanto ya ha afirmado en general para todos los institutos religiosos, de otra, probablemente queriendo evitar el peligro de anti-intelectualismo, deja sin embargo entender que los que se dedican a la contemplación tengan poca familiaridad con el estudio y el rigor teológico, que casi no lo consideren útil para su formación.
El hacer referencia a la Sagrada Escritura, se quiere afirmar que ésta última no es un texto común para leer o del cual sacar contenidos, pero es Palabra de Dios escrita para los hombres.
De este dato elemental emerge su valor en la formación, en cuanto que los contemplativos de la Escritura aprenden como la revelación de Dios al hombre y la respuesta del hombre respecto a Dios, son acciones diferentes con un común denominador, la búsqueda por amor.
Dios busca al hombre con sus limitaciones porque lo ama y el hombre, sintiéndose amado, busca a Dios fuente del amor, porque como tal se le ha revelado.
Tomando acta de todo esto mediante el estudio de la Escritura, los religiosos completamente dedicados a la contemplación, dedicados a Dios con nuevo y particular título26, se sienten estimulados a responsabilizarse en su vida personal y comunitaria en una continua búsqueda de Dios y de su voluntad, búsqueda que terminará cuando contemplarán el rostro de Dios.
Tal búsqueda de Dios, fundada sobre las seguridades de la Revelación, con el sólido apoyo de la Tradición y del Magisterio,


24 Cfr. PI n. 24.
25 E. g. la responsabilidad de los superiores al disponer la jornada en modo de poder dedicar tiempo a la lectura (cfr. PI n. 76) y al estudio (cfr. PI n. 79), en proveer a los medios del estudio y a los instrumentos de trabajo científico (cfr. PI n. 84). De parte de los súbditos se requerirá una responsabilidad apropiada (cfr. PI n. 32) a las materias y a la incidencia que tienen en la vida contemplativa.
26 Cfr. LG n. 44.

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ayuda a los religiosos a conocer de manera siempre más profunda el misterio de Dios que ha entrado en la historia de los hombres.
Este camino de conocimiento y de penetración en el misterio de Dios se hace siguiendo el ejemplo de Abrahán, en cuanto que el religioso, como Abrahán, ha dejado su casa paterna para seguir una llamada y se deja conducir por caminos que no conoce, sin ninguna seguridad que la de la fe en Dios, que lo ayuda a superar toda prueba.
Es la fe por lo tanto y no la sola inteligencia que debe acompañar la formación del religioso contemplativo en cuanto que ésta puede acercarlo al misterio de Dios.
La fe en efecto, que está en función de la vida de contemplación27, sana, profundiza y alarga el esfuerzo de la inteligencia, por ello la formación del religioso encuentra en ella el punto de partida y en su consolidación la finalidad primaria.
Como consecuencia se comprende que el finalizar los estudios la obtención de una vasta cultura o de grados académicos, en el ámbito de los religiosos completamente dedicados a la contemplación, sea extremamente reductivo.





















27 En PI n. 35 se subraya la prioridad de la dimensión espiritual, no obstante la insistencia de todo el documento sobre la dimensión cultural e intelectual de la formación.

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