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Codigo de Derecho Canonico
IntraText - Concordancias

c.
    Can.
1 12| lo que~se prescribe en el c. 13, a aquellos para quienes 2 28| salvo lo prescrito en el c. 5, la costumbre, tanto contra ~ 3 30| general de que se trata en el c. 29, a no ser en los casos 4 31| obsérvense las prescripciones del c. 8.~ ~ 5 35| firme lo prescrito en el c. 76 § ~1.~ ~ 6 77| interpretar conforme al c. 36 § 1; pero ~siempre debe 7 79| competente, ~conforme al c. 47, sin perjuicio de lo 8 79| de lo establecido en el c. 81.~ ~ 9 83| que se prescribe en el ~c. 142 § 2.~        § 2. Cesa 10 87| perjuicio ~de lo prescrito en el c. 291.~ ~ 11 92| la dispensa, a tenor del c. ~36 § 1, sino también la 12 103| donde residan a tenor del c. 102 § 2.~ ~ 13 106| salvo lo que prescribe el c. 105.~ ~ 14 127| debe convocarse a tenor del c. 166, a no ser ~que, tratándose 15 134| ella equiparada según el c. 368, y también quienes en 16 134| se le equiparan según el c. ~381 § 2, excluidos el Vicario 17 136| ellos según la norma del c. 13 § ~2, 2 .~ ~ 18 140| todos según la norma del c. 119, a no ser ~que en el 19 176| conforme a la norma del c. 119, 1 .~ ~ 20 179| conforme a ~la norma del c.149 § 1, y la elección se 21 183| conforme a la norma del c. 177 § 1.~        § 3. Quien 22 192| conforme a la norma ~del c. 194.~ ~ 23 193| de ~lo establecido en el c. 624 § 3.~        § 3. Puede 24 198| salvo lo establecido en el c. 1362.~ ~ 25 231| Manteniéndose lo que prescribe el c. 230 § 1, tienen ~derecho 26 262| de lo que prescribe el c. 985.~ ~ 27 264| de la que se trata en el c. 1266, el Obispo puede imponer 28 268| conforme a la norma del c. 266 § 2, queda excardinado 29 291| a los que se refiere el c. 290, 1 , la pérdida del ~ 30 292| perjuicio de lo ~prescrito en el c. 291; se le prohibe ejercer 31 292| salvo lo ~establecido en el c. 976; por esto mismo queda 32 299| los que se trata en el ~c. 298 § 1, sin perjuicio de 33 299| perjuicio de lo que prescribe el c. 301 § 1.~        § 2.    34 300| conforme a la norma del c. 312.~ ~ 35 313| conforme a la norma del c. 312, y recibe así la misión 36 314| conforme a la norma del c. 312 § 1.~ ~ 37 315| eclesiástica ~de la que trata el c. 312 § 1.~ ~ 38 316| de la que ~se trata en el c. 312 § 1.~ ~ 39 317| de la que se trata en el c. 312 § 1, ~confirmar al presidente 40 318| de la que se trata en el c. 312 § 1, puede ~designar 41 319| de ~la que se trata en el c. 312 § 1, a la que debe rendir 42 322| autoridad indicada en el c. 312.~        § 2.    Sólo 43 322| eclesiástica de la que trata el c. 312 § 1; pero la aprobación 44 323| conforme a la norma del c. 321, están sometidas a la 45 323| autoridad eclesiástica según el c. 305, y asimismo al régimen 46 325| Conforme a la norma del c. 1301, está bajo la autoridad 47 327| espirituales enumerados en el c. 298, sobre todo ~aquellas 48 381| las que se trata en el ~c. 368.~ ~ 49 382| de lo establecido en el ~c. 409 § 2.~        § 2.    50 405| del que se trata en ~el c. 403 § 2, asisten al Obispo 51 406| del que se ~trata en el c. 403 § 2, ha de ser nombrado 52 406| de quien se trata en el c. 403 § 2.~ ~ 53 407| auxiliar del que ~trata el c. 403 § 2, deben consultarse 54 414| acuerdo con la norma del c. 413, haya sido ~llamado 55 418| salvo lo indicado en el c. 409 § 2;~2       recibe 56 421| perjuicio de lo que prescribe el c. 502 §3.~        § 2.    57 427| obligación que prescribe el c. 833, 4 .~ ~ 58 429| conforme a la norma del c. 388.~ ~ 59 430| acuerdo con la ~norma del c. 421.~ ~ 60 440| perjuicio de lo que prescribe el c. 439 § 2.~        § 2.    61 448| conforme a la norma del c. 450.~        § 2.    Pero, 62 477| salvo lo ~que prescribe el c.  406; el Vicario episcopal 63 502| del que se trata en el c. 495 § 2, las ~funciones 64 520| moderador ~de que se trata en el c.~ ~517     § 1, si la cura 65 523| salvo lo prescrito en el c. 682 § 1, la provisión del ~ 66 526| conforme a la norma del c. ~517 § 1, quedando reprobada 67 530| conforme a la norma ~del c. 883, 3 ;~3       la administración 68 530| perjuicio de lo que prescribe el c. 1003 § § 2 y 3; ~asimismo, 69 535| salvo lo que prescribe el c. 1133, por ~razón de la adopción, 70 537| perjuicio de lo que prescribe el c. 532.~ ~ 71 538| particular al que se refiere el c. 522, ~hubiera sido constituido 72 539| conforme a la norma del c. 540.~ ~ 73 542| los que, de acuerdo con el c. 517 § 1, se ~encomienda 74 542| cualidades indicadas en el ~c. 521;~2       se nombrarán 75 542| según las prescripciones del c. 527 § 2 y, para los ~demás 76 543| el pueblo, a tenor ~del c. 534;~3       en los negocios 77 544| del que se trata ~en el c.  517 § 1, o el moderador 78 547| perjuicio de lo prescrito en el c. ~682 § 1.~ ~ 79 549| conforme a la norma del c. 533 § 3, y no se ha constituido 80 549| observarse lo que prescribe el c. 541 § 1; ~en este caso, 81 551| las ~prescripciones del c. 531.~ ~ 82 552| de lo que ~prescribe el c. 682 § 2.~ ~ 83 555| acuerdo con ~la norma del c. 279 § 2;~2       cuide de 84 558| perjuicio de lo prescrito en el c. 262, el rector no puede 85 558| parroquiales de las que ~trata el c. 530, nn. 1 -6  sin el consentimiento 86 563| firme lo que prescribe el c. ~682 § 2.~ ~ 87 566| embargo, lo prescrito en el c. 976.~ ~ 88 572| obsérvese lo ~prescrito en el c. 563.~ ~ 89 586| patrimonio propio de que trata el c. 578.~        § 2.    Corresponde 90 587| se ordena observar en el c. 578, ~las normas fundamentales 91 593| perjuicio de lo que prescribe el c. 586, los institutos de derecho ~ 92 594| diocesano, quedando en pie el c. 586, está ~bajo el cuidado 93 611| de lo ~que prescribe el c. 1215 § 3, y cumplir los 94 616| de la que se trata en el c. ~613.~        § 4.    Corresponde 95 625| autónomo del que trata el c. 615, y del Superior ~general 96 627| conforme a la norma del c.  127.~ ~ 97 628| de los que se trata en el c. 615;~        2       todas 98 631| instituto, ~del que trata el c. 578, y procurar la acomodación 99 637| de los que se trata en el c. 615 deben ~rendir cuentas 100 638| autónomos, de los que trata el c. 615, y los ~institutos de 101 642| salvo lo establecido ~en el c. 220.~ 102 643| de lo que prescribe el ~c. 684;~4       quien entra 103 648| salvo lo ~que prescribe el c. 647 § 3.~        § 2.    104 652| noviciado indicado en el c. 648 § 1, debe ~emplearse 105 658| condiciones indicadas en el c. 656, nn. 3 , 4  y 5  y ~ 106 658| perjuicio de lo que prescribe el c. 657 § 3.~ ~ 107 663| obligación de la que trata el c. 276 § 2, 3 , y realizarán 108 669| conforme a la norma del c. 284.~ ~ 109 672| clérigos, también las del c. 279 § 2; en los ~institutos 110 672| licencia de que se trata en el c. ~285 § 4, puede ser concedida 111 681| conforme a la norma del c. 678 §§ 2 y ~3.~        § 112 688| monasterios de los que trata el c. 615, ese indulto, para ser 113 695| delitos de que trata el c. 1395 § 2, el Superior juzgue 114 696| de la que se trata en el c. 665 § 2, por más de ~un 115 697| de los que se trata en el c. 696, si el Superior mayor, ~ 116 699| autónomos de los que trata el c. 615, ~corresponde decidir 117 701| conforme a la norma del c. 693, o al menos le permita 118 704| Apostólica de acuerdo ~con el c. 592~        § 1, se han 119 706| a los que se refiere el c. 381 § 2, adquieren la propiedad 120 707| observará lo establecido en el c. 402 § ~2, a no ser que su 121 715| acuerdo con la ~norma del c. 266 § 1, si son destinados 122 727| observarse lo que prescribe el c. 693.~ ~ 123 729| aplica lo ~prescrito en el c. 701.~ ~ 124 732| sociedades mencionadas en el c. 731 § 2, se aplican ~también 125 743| perjuicio de lo que prescribe el c. 693, el indulto para abandonar ~ 126 764| salvo lo que prescribe el c. 765, los presbíteros y los ~ 127 766| Episcopal y sin perjuicio del c. 767 § 1.~ ~ 128 776| a la ~que se refiere el c. 774 § 2.~ ~ 129 826| las ~prescripciones del c. 838.~        § 2.    Para 130 827| perjuicio de lo que prescribe el c. 775 § 2, es necesaria ~la 131 841| competente, de acuerdo con el c. 838 § § 3 ~y 4, corresponde 132 844| 4 de este canon, y en el c. 861 § 2.~        § 2.    133 847| salvo lo ~que prescribe el c. 999, 2 ; y no deben usarse 134 859| oratorio de que se trata en el c. 858 § 2, puede y debe ~conferirse 135 861| vigor lo que prescribe el c. 530, 1 , es ministro ~ordinario 136 878| inscripción según indica el c. 877 § 1.~ ~ 137 887| salvo lo que prescribe el c. 883, 3 , no puede ~administrarlo 138 893| condiciones expresadas en el c. 874.~        § 2.    Es 139 894| las ~prescripciones del c. 876.~ ~ 140 895| de bautismos a tenor del c. 535 § 2.~ ~ 141 910| fiel designado según el c. 230 § 3.~ ~ 142 917| salvo lo que prescribe el c. 921 § 2.~ ~ 143 923| salvo lo prescrito en el c. 844.~ ~ 144 963| obligación de que trata el c. 989, aquel a quien ~se le 145 966| competente, a tenor del c. 969.~ ~ 146 967| pie lo que prescribe el c. 974 ~§ § 2 y 3.~        § 147 968| permaneciendo lo establecido en ~el c. 630 § 4.~ ~ 148 969| apostólica al que se refiere el c. 968 § 2 es competente para 149 972| competente, indicada en el c. 969, puede conceder la ~ 150 974| concedió, del que trata el c. 967 §2, el presbítero ~queda 151 975| facultad de que trata el c. 967 § 2, cesa no sólo por 152 990| perjuicio de lo que prescribe el c. ~983 § 2.~ ~ 153 1018| propio, del que trata el c. 1016;~2       el Administrador 154 1018| consejo mencionado en el c. 495 § 2, el ~Provicario 155 1025| documentos indicados en el c. 1050, y ~que se haya efectuado 156 1025| escrutinio prescrito en el c. ~1051.~        § 2.    Se 157 1044| delito del que trata el c. 1041, ~2 , si el delito 158 1044| delito de los que trata el c. ~1041, 3 , 4 , 5 , 6 .~        § 159 1044| de la que se trata en el c. 1041, 1 , hasta que el Ordinario, ~ 160 1047| a los que se ~refiere el c. 1041, 2  y 3 ;~2       de 161 1047| oculto, al que se refiere el c.~1041, 4 ;~3       del impedimento 162 1047| impedimento indicado en el c. 1042, 1 .~        § 3.    163 1047| las que se trata en el ~c. 1041, 3 , sólo en los casos 164 1048| irregularidades indicadas en el c. 1041,~3  y 4 , y hay peligro 165 1049| las ~que se trata en el c. 1041, 4  y aquellas otras 166 1050| estudios realizados a tenor del c. ~1032;~2       tratándose 167 1050| a los que se refiere el c. 1035; y asimismo el ~certificado 168 1050| declaración prescrita en el c. 1036, ~y, si se trata de 169 1052| documentos indicados en el c. 1050, y de que se ha probado 170 1054| de bautismos, a tenor del c. 535 § 2.~ ~ 171 1071| del que se trata en el ~c. 1105.~        § 2.    El 172 1071| adaptaciones lo establecido en el c. 1125.~ ~ 173 1078| del que se trata en el c. ~1090.~        § 3.    Nunca 174 1079| matrimonio de que trata el c. 1116    ~§ 3.    En peligro 175 1080| los que se enumeran en el c. 1078 § 2, 1 , el Ordinario 176 1080| los que se mencionan en el c. ~1079 § § 2 y 3, observando 177 1081| a los que se ~refiere el c. 1079~        §2, han de 178 1084| lo que se prescribe en el c. 1098.~ ~ 179 1086| de presumir, ~conforme al c. 1060, la validez del matrimonio 180 1117| de lo establecido en el c. ~1127 § 2.~ ~ 181 1121| según lo previsto en el c. ~1116, el sacerdote o el 182 1127| observar las prescripciones del c. 1108; pero si contrae ~matrimonio 183 1129| cultos, del ~que trata el c. 1086 § 1.~ ~ 184 1132| de ~la que se trata en el c. 1131, 2 , si por la observancia 185 1149| vigor lo que prescribe el c. 1141.~ ~ 186 1158| salvo lo que ~prescribe el c.~ ~1127    § 2.    Si el 187 1160| de lo que ~prescribe el c.  1127 § 2.~ ~ 188 1165| condiciones establecidas en el c. 1125 para la sanación de ~ 189 1165| Sede Apostólica conforme al c. ~1078 § 2, o se trata de 190 1174| clérigos según la norma del c. 276 § 2, 3 ; y a los miembros 191 1181| obsérvense las prescripciones del c. 1264, evitando sin embargo 192 1197| de dispensar a tenor del c. 1196.~ ~ 193 1202| conmutación conforme al c. 1203.~ ~ 194 1228| perjuicio de lo que prescribe el c. 1227, para celebrar la Misa 195 1238| o bendición conforme al c. ~1212.~        § 2.    Por 196 1244| de lo establecido en el ~c. 1246 § 2.~        § 2.    197 1245| diocesanos contenido ~en el c. 87, con causa justa y según 198 1261| obligación de que trata el c. 222 § 1.~ ~ 199 1267| firme lo prescrito en el c. 1295.~        § 3.    Las 200 1272| institución de que se ~trata en el c.  1274 § 1.~ ~ 201 1274| para proveer conforme al c. 281 a la sustentación ~de 202 1278| funciones que señala el c. 494 § § 3 y 4, el Obispo ~ 203 1290| cosa, ~quedando a salvo el c. 1547.~ ~ 204 1292| salvo lo prescrito en el c. 638 § 3, cuando el ~valor 205 1300| salvo lo que prescribe el c. 1301 § 3.~ ~ 206 1302| pía voluntad ~conforme al c. 1301.~        § 3.    Cuando 207 1303| fines de que se trata en el c. 1142 y erigidos como 208 1303| los fines indicados en el c.  114 § 2.~        § 2.    209 1303| instituto de que trata el c. 1274 § 1, ~a no ser que 210 1307| libro al que se refiere el c. 958 § 1, el párroco o ~el 211 1309| autoridades mencionadas en el c. 1308 la ~potestad de trasladar, 212 1310| las prescripciones del c. 1308.~        § 3.    En 213 1312| de las que se trata en el c. 1336.~        § 2.    La 214 1324| circunstancias indicadas en el c. 1323, 4  ó 5 ~;~9       215 1332| prohibiciones ~enumeradas en el c. 1331 § 1, 1  y 2 , y, si 216 1332| observar la prescripción del c. 1331 § 2, 1 .~ ~ 217 1334| efectos enumerados en el c. 1333 § 1.~ ~ 218 1338| prohibiciones que se enumeran en el c. ~1336 § 1, 2  y 3 , nunca 219 1338| prohibiciones indicadas en el c. 1336 § 1, 3 , se ha ~de 220 1338| para las censuras en el c. 1335.~ ~ 221 1357| enfermedad, quienes, según el c. 976, fueron absueltos ~de 222 1358| contumacia, conforme al c. 1347 § 2; ~pero no puede 223 1358| censura puede proveer según el c. 1348, o ~también imponer 224 1363| plazos establecidos en el c. 1362, computados desde el 225 1363| juez, de que se trata en el c. 1651.~        § 2.    Lo 226 1364| firme lo prescrito en el c. 194 § 1, ~2 ; el clérigo 227 1364| las penas enumeradas en el c. ~1336 § 1, 1 , 2  y 3 .~        § 228 1371| fuera del caso que trata el c. 1364 § 1, enseña ~una doctrina 229 1371| doctrina descrita en el c. ~752, y, amonestado por 230 1378| contra lo prescrito en el c. 977, ~incurre en excomunión 231 1379| de los que se trata en el c. 1378, simula la ~administración 232 1383| contra lo prescrito en el c. 1015, ordena a un ~súbdito 233 1388| de los que se trata en el c. 9832, si violan el secreto, 234 1390| delito de que se trata en el c. 1387, incurre en ~entredicho 235 1394| pie lo que prescribe el c. 194 § 1, 3 , el clérigo ~ 236 1394| de lo establecido en el c. 694.~ ~ 237 1395| del que se trata ~en el c.  1394, y el clérigo que 238 1397| privaciones y prohibiciones del c. ~1336; el homicidio de las 239 1397| personas indicadas en el c. 1370 se castiga con las ~ 240 1405| causas de que trata el c. 401:~1       a quienes ejercen 241 1405| firme lo prescrito en el c.~1419 § 2;~2       al Abad 242 1406| caso de transgresión del c. 1404, las actas y decisiones ~ 243 1406| las causas que enumera el c. 1405, la incompetencia ~ 244 1422| pie lo que ~prescribe el c.  1420 § 5, y no pueden ser 245 1438| en pie lo prescrito en el c. 1444 § 1, 1 :~1       del 246 1438| salvo lo que indica el c. 1439;~2       cuando la 247 1439| Si, de acuerdo con el c. 1423, hay un solo tribunal 248 1441| un juez único, según el c. 1425 § 4, el tribunal de 249 1444| causas ~previstas en el c.~1405 § 3, así como otras 250 1445| competencia a que se refiere el c. ~1416.~        § 2.    Este 251 1449| los casos indicados en el c. 1448, si el propio juez 252 1452| las ~prescripciones del c. 1600.~ ~ 253 1455| perjuicio de lo prescrito en el c. 1609 § 4, también están ~ 254 1492| Salvo lo que prescribe el c. 1462, la excepción puede ~ 255 1505| cumplido lo que manda el c. 1504, 1 -3 ;~4       si 256 1506| rechazándolo de acuerdo ~con el c. 1505, la parte interesada 257 1507| considera admitida a tenor del c. 1506, el ~decreto de citación 258 1511| salvo lo que prescribe el c. 1507 § 3.~ ~ 259 1519| procurador ~requerido por el c. 1481 § § 1 y 3, la instancia 260 1542| confesiones, de acuerdo con el c. 1536 § 2.~ ~ 261 1546| daño, de acuerdo con el ~c. 1548 § 2, 2 , o sin peligro 262 1548| lo que se prescribe en el c. 1550 § 2, 2 , ~están exentos 263 1555| salvo lo que prescribe el c. 1550, la parte puede pedir ~ 264 1562| juramento al testigo según el c. 1532; y ~si el testigo se 265 1592| ni responde a tenor del c. 1507 § 1, el ~juez ha de 266 1593| pie lo que prescribe el c. 1600; pero ha de procurar 267 1594| cúmplase ~lo establecido en el c.~1593.~ ~ 268 1600| razones expuestas en el c.  1645 § 2, 1 -3 .~        § 269 1600| publicarse, cumpliendo el c. ~1598 § 1.~ ~ 270 1607| perjuicio de lo que establece el c. 1589 § 1.~ ~ 271 1609| de la causa a tenor del c. 1600.~ ~ 272 1615| remitiéndosela de acuerdo con el c. 1509.~ ~ 273 1616| faltasen los requisitos del c. 1612 § 4, la sentencia debe 274 1620| de la ~que se trata en el c. 1501, o no se entabló contra 275 1621| nulidad a la que se refiere el c. 1620 puede ~proponerse perpetuamente 276 1622| contra lo que prescribe el c. 1425 § 1.~2       no contiene 277 1622| quedado subsanada a tenor del c. 1619;~6       fue dada contra 278 1622| ausente, de ~acuerdo con el c. 1593 § 2.~ ~ ~ 279 1623| casos a que se refiere el c. 1622, la querella de nulidad 280 1624| juez, de ~acuerdo con el c. 1450.~ ~ 281 1626| plazo determinado en el c. 1623, a no ~ser que, entretanto, 282 1626| del plazo ~indicado en el c. 1623.~ ~ 283 1628| salvo lo que prescribe el c. 1629.~ ~ 284 1629| nulidad, de ~acuerdo con el c. 1625;~3       contra la 285 1632| salvo lo que ~prescribe el c. 1415.~ ~ 286 1634| apelación, de acuerdo con el c. 1474.~ ~ 287 1636| que se especifican en el c. 1525.~        § 2.    Si 288 1639| Salvo lo dispuesto por el c. 1683, en grado de apelación 289 1639| pruebas de acuerdo con el c. ~1600.~ ~ 290 1641| salvo lo que prescribe el c. 1643, se produce la cosa ~ 291 1641| apelación, de acuerdo con el c. 1629.~ ~ 292 1642| no es de acuerdo con el c. 1645 § 1.~        § 2.    293 1644| suspenda de acuerdo con el c.  1650 § 3.~ ~ 294 1646| motivos indicados en el c. ~1645 § 2, 1 - 3 , debe 295 1646| motivos indicados en el c. ~1645 § 2, 4  y 5 ,~debe 296 1646| pero en el supuesto del c. ~1645~        § 2, 5 , si 297 1650| salvo lo prescrito en el c. 1647.~        § 2.    El 298 1653| autoridad a la cual, ~según el c. 1439 § 3, está sometido 299 1657| único, de acuerdo con el c. 1424.~ ~ 300 1658| Además de lo indicado en el c. 1504, el escrito de demanda ~ 301 1659| conciliación de acuerdo con el c. 14462 resulte inútil, 302 1659| judicial ~indicados en el c. 1512.~ ~ 303 1663| salvo lo ~determinado en el c. 1418.~        § 2.    Cada 304 1665| juez en ~conformidad con el c. 1452; pero después de que 305 1665| pruebas de ~acuerdo con el c. 1600.~ ~ 306 1675| observarse lo prescrito en el c. 1518.~ ~ 307 1677| citación, de acuerdo con el c. 1508.~        § 2.    Transcurridos 308 1678| salvo lo que prescribe el c. 1559.~2       a conocer 309 1679| partes de acuerdo con el c. 1536, el juez ha ~de requerir, 310 1680| observarse lo que indica el c. 1574.~ ~ 311 1684| Las prescripciones del c. 1644 han de observarse aunque 312 1686| petición hecha conforme al c. 1677, el Vicario ~judicial 313 1687| vicios señalados en el c. ~1686 o la falta de dispensa 314 1688| la manera indicada en el c. ~1686 si la sentencia debe 315 1693| proporciones, de acuerdo con el c. 1682 § 2.~ ~ 316 1694| observarse lo ~dispuesto por el c. 1673.~ ~ 317 1696| justicia, de acuerdo con el c. 1433.~ ~ 318 1700| en vigor lo que manda el c. 1681, el Obispo ~encomendará 319 1704| Si, de acuerdo con el c. 1700, la instrucción del 320 1705| jurisperito de que trata el c. ~1701 § 2, puede examinar 321 1718| así, teniendo presente el c. 1341;~3       si debe utilizarse 322 1723| abogado, de acuerdo con el c. 1481 § 1, dentro del plazo 323 1729| delito, de acuerdo con el c. 1596.~        § 2.    No 324 1729| salvo lo que prescribe el c. ~1730.~ ~ 325 1731| intervenido de acuerdo con el c. 1729.~ ~ 326 1733| de un decreto a tenor del c. ~1734 y antes de agotarse 327 1735| petición mencionada en el c. 1734, intima un nuevo decreto 328 1736| decreto, la petición del c. 1734 produce idéntico efecto.~        § 329 1736| recibida la petición del c. ~1734, el autor del decreto 330 1736| en ~conformidad con el c. 1737 § 3.~        § 4.    331 1737| casos de que se trata en el c. 1734 § 3, corren ~desde 332 1737| demás casos ~conforme al c. 1735.~        § 3.    Aun 333 1737| decretado la suspensión según el c. 1736 § ~2, puede el Superior 334 1742| las causas indicadas en el c. 1740, el Obispo tratará 335 1742| guárdese lo prescrito en el c. 682 § ~2.~ ~ 336 1745| párrocos a que se refiere el c. ~1742 § 1 a no ser que, 337 1750| párrocos elegidos según el c. ~1742 § 1 las razones en 338 1752| traslado, es de aplicación el c. 1747, guardando la ~equidad


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