| Índice Ayuda Impresión Biblioteca IntraText Èulogos | Alfabética [« »] ----- ----- ----- 1 1070 10 2 100 1 1000 1 | Frecuencia [« »] 1704 las 1694 por 1314 no 1070 1 1053 2 995 al 906 con | Codigo de Derecho Canonico IntraText - Concordancias 1 |
Can.
1001 1649| dictar ~normas acerca de:~1 la condena de las 1002 1650| 1650 § 1. Puede ejecutarse una 1003 1653| 1653 § 1. A no ser que la ley 1004 1654| 1654 § 1. El ejecutor debe ejecutar 1005 1655| 1655 § 1. Por lo que se refiere 1006 1656| 1656 § 1. Por el proceso contencioso 1007 1658| 1658 § 1. Además de lo indicado 1008 1658| escrito de demanda ~debe:~1 exponer de forma breve, 1009 1659| 1659 § 1. Cuando el intento de 1010 1661| 1661 § 1. Transcurridos los plazos 1011 1663| 1663 § 1. Las pruebas se recogen 1012 1668| 1668 § 1. Si de la discusión no 1013 | Art. 1 Del fuero competente~ ~ 1014 1673| Apostólica, son competentes:~1 el tribunal del lugar 1015 1674| impugnar el matrimonio:~1 los cónyuges;~2 1016 1675| 1675 § 1. El matrimonio que no 1017 1677| 1677 § 1. Una vez aceptada la 1018 1678| 1678 § 1. El defensor del vínculo, 1019 1678| juicio, tienen derecho:~1 a asistir al examen 1020 1678| del que se trata en el ~§ 1, 1 .~ ~ 1021 1678| que se trata en el ~§ 1, 1 .~ ~ 1022 1682| 1682 § 1. La sentencia que declara 1023 1684| 1684 § 1. Cuando la sentencia 1024 1687| 1687 § 1. Si el defensor del vínculo 1025 1692| 1692 § 1. Salvo que para un lugar 1026 1693| 1693 § 1. Si una de las partes 1027 1698| 1698 § 1. Unicamente la Sede Apostólica 1028 1699| 1699 § 1. Para recibir el escrito 1029 1700| 1700 § 1. Quedando en vigor lo 1030 1701| 1701 § 1. En estos procesos debe 1031 1703| 1703 § 1. No se publican las actas; 1032 1704| 1704 § 1. Concluida la instrucción, 1033 1704| voto a que se refiere el § 1 ~corresponde al Obispo que 1034 1705| 1705 § 1. El Obispo remitirá a 1035 1707| 1707 § 1. Cuando la muerte de 1036 1707| declaración a que ~se refiere el § 1 cuando, realizadas las investigaciones 1037 1709| 1709 § 1. Las preces deben enviarse 1038 1715| 1715 § 1. No cabe hacer válidamente 1039 1716| 1716 § 1. Si la ley civil no reconoce 1040 1717| 1717 § 1. Siempre que el Ordinario 1041 1718| 1718 § 1. Cuando se estime que 1042 1718| determine el Ordinario:~1 si puede ponerse en 1043 1718| decreto a que se ~refiere el § 1, siempre que, por surgir 1044 1718| a que se refieren los §§ 1 y 2, conviene ~que el Ordinario, 1045 1718| determinación de acuerdo con el § 1, ~debe considerar el Ordinario 1046 1720| decreto ~extrajudicial:~1 hará saber al reo 1047 1721| 1721 § 1. Si el Ordinario decretara 1048 1723| 1723 § 1. Al citar al reo el juez 1049 1723| acuerdo con el c. 1481 § 1, dentro del plazo determinado 1050 1724| 1724 § 1. El promotor de justicia 1051 1727| 1727 § 1. El reo puede apelar, 1052 1728| 1728 § 1. Quedando a salvo los 1053 1729| 1729 § 1. La parte perjudicada 1054 1729| que hace ~referencia el § 1, si no se efectuó en la 1055 1730| 1730 § 1. Para evitar excesivas 1056 1733| 1733 § 1. Es muy de desear que, 1057 1734| 1734 § 1. Antes de imponer recurso, 1058 1734| Las normas de los § § 1 y 2 no valen cuando se trata:~ 1059 1734| no valen cuando se trata:~1 de recurrir ante el 1060 1736| 1736 § 1. Cuando en una materia 1061 1736| provisionalmente de acuerdo con los § § 1 ó 2.~ ~ 1062 1737| 1737 § 1. Quien se considera perjudicado 1063 1741| principalmente las siguientes:~1 un modo de actuar 1064 1742| 1742 § 1. Si por el expediente 1065 1744| 1744 § 1. Si el párroco no responde 1066 1745| para actuar ~válidamente:~1 invitará al párroco 1067 1745| se refiere el c. ~1742 § 1 a no ser que, por imposibilidad 1068 1747| 1747 § 1. El párroco removido 1069 1750| elegidos según el c. ~1742 § 1 las razones en pro y en 1070 1751| 1751 § 1. Concluidos esos trámites,