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Codigo de Derecho Canonico
IntraText - Concordancias

particular
    Can.
1 16| administrativo en un caso particular no tiene fuerza de ley, 2 19| expresa de la ley universal o particular o una costumbre, la causa, 3 20| deroga en nada el derecho particular ni el especial, a no ser ~ 4 48| derecho y para un caso ~particular, se toma una decisión o 5 85| eclesiástica en un ~caso particular, puede ser concedida dentro 6 89| dispensar de la ley universal y particular a no ser que esta potestad 7 118| el derecho universal o ~particular, o los propios estatutos; 8 127| dispongan otra cosa el ~derecho particular o propio; para la validez 9 134| nombrados para regir una Iglesia particular o una ~comunidad a ella 10 149| el derecho universal o ~particular, o por la ley de fundación.~        § 11 149| el ~derecho universal o particular, o por la ley de fundación; 12 157| eclesiásticos en su propia Iglesia particular.~ ~ 13 209| relación con la Iglesia particular a ~la que pertenecen, según 14 252| formar a los alumnos con particular diligencia en la ~sagrada 15 257| interesados no sólo por la Iglesia particular a cuyo servicio ~se incardinen 16 257| trasladarse de la propia Iglesia particular a una Iglesia particular 17 257| particular a una Iglesia particular de ~otra región se preparen 18 265| incardinado en una Iglesia ~particular o en una prelatura personal, 19 266| incardinado en una Iglesia particular o en una prelatura personal 20 266| incardina en la Iglesia particular para cuyo servicio ha sido ~ 21 267| válidamente ~en otra Iglesia particular, debe obtener de su Obispo 22 267| diocesano de la Iglesia particular en la que desea ~incardinarse.~        § 23 267| incardinación en otra Iglesia particular.~ ~ 24 268| la propia ~a otra Iglesia particular, queda incardinado a ésta 25 268| excardinado de su propia Iglesia ~particular, por la admisión perpetua 26 269| utilidad de su Iglesia ~particular, y queden a salvo las prescripciones 27 269| servicio de la nueva ~Iglesia particular, conforme a derecho.~ ~ 28 271| necesidad de la propia Iglesia ~particular, el Obispo diocesano no 29 271| trasladarse a otra Iglesia particular por un tiempo determinado, 30 271| incardinados en la propia Iglesia particular y, al regresar, tengan ~ 31 271| legítimamente a otra Iglesia particular ~quedando incardinado a 32 271| diocesano de la otra Iglesia ~particular puede denegar con justa 33 272| trasladarse a otra Iglesia ~particular, a no ser que haya pasado 34 275| prescripciones del derecho particular.~        § 2.    Los clérigos 35 276| prescripciones del derecho particular;~5       se aconseja que 36 279| prescripciones del derecho particular, los ~sacerdotes, después 37 279| determinados por el mismo derecho particular, mediante las ~cuales se 38 283| determinará el ~derecho particular, sin licencia al menos presunta 39 283| el derecho ~universal o particular.~ 40 285| prescripciones del derecho particular.~        § 2.    Los clérigos 41 288| A no ser que el derecho particular establezca otra cosa, las ~ 42 365| y el Estado; y, de modo particular, ~trabajar en la negociación 43 369| constituya una Iglesia particular, en ~la cual verdaderamente 44 372| diócesis u otra Iglesia particular debe quedar circunscrita ~ 45 374| o cualquier otra Iglesia particular debe ~dividirse en partes 46 391| diocesano gobernar la Iglesia ~particular que le está encomendada 47 436| determinará el derecho particular.~        § 3.    Ninguna 48 443| pastoral de ~cada Iglesia particular, de manera que cada una 49 444| convocados a un concilio particular y ~gozan en él de voto deliberativo, 50 445| 445 El concilio particular cuida de que se provea en 51 446| vez concluido el concilio particular, su presidente debe cuidar ~ 52 460| escogidos de una Iglesia particular, que prestan su ayuda al 53 461| 1.    En cada Iglesia particular debe celebrarse el sínodo ~ 54 482| a no ser que el derecho particular establezca otra cosa, consiste 55 515| modo~estable en la Iglesia particular, cuya cura pastoral, bajo 56 516| fieles ~dentro de la Iglesia particular, encomendada, como pastor 57 521| por derecho universal como particular, ~para la cura de la parroquia 58 527| el modo recibido por ley particular o ~costumbre legítima; sin 59 528| debe procurar de manera particular la formación católica de ~ 60 529| familias, participando de modo particular en las preocupaciones, angustias ~ 61 529| Dios; debe dedicarse con ~particular diligencia a los pobres, 62 535| prescripciones del derecho particular.~ ~ 63 538| prescripciones del derecho particular al que se refiere el c. 64 541| que determine el ~derecho particular.~        § 2.    Quien se 65 553| A no ser que el derecho particular establezca otra cosa, el ~ 66 554| concretará en el derecho particular.~        § 3.    Según su 67 555| legítimamente ~por derecho particular, el arcipreste tiene el 68 555| prescripciones del ~derecho particular y en los momentos que éste 69 564| acuerdo al derecho universal y particular.~ ~ 70 566| se conceden por ~derecho particular o especial delegación, el 71 706| en ~favor de la Iglesia particular; los demás, la adquieren 72 756| relacion con la Iglesia particular que le ha sido confiada, ~ 73 764| competente, o que por ley particular se requiera licencia expresa.~ ~ 74 782| misionales en su propia Iglesia particular.~ ~ 75 833| un Concilio ~Ecuménico o particular, sínodo de Obispos y sínodo 76 868| disposiciones del derecho ~particular, haciendo saber la razón 77 932| no ser que, en un caso particular, la necesidad exija otra 78 1056| matrimonio cristiano alcanzan una particular ~firmeza por razón del sacramento.~ ~ 79 1062| se rige por el derecho particular que haya ~establecido la 80 1077| lugar prohibir en un caso particular el ~matrimonio a sus propios 81 | impedimentos dirimentes en particular~ ~ 82 1177| a no ser que el derecho particular designe ~otra.~ ~ 83 1182| difuntos conforme al derecho particular.~ ~ 84 1243| establecerse por el derecho particular las normas oportunas ~sobre 85 1276| del derecho universal y particular.~ ~ 86 1279| determinan otra cosa el derecho particular, los estatutos o una ~costumbre 87 1284| salidas; y se deja al derecho ~particular preceptuarlo y determinar 88 1287| que determine el ~derecho particular.~ ~ 89 1290| tanto en general como en particular, y sobre los pagos, debe ~ 90 1303| de determinar el derecho particular, o ~de perseguir de otra 91 1304| 2.    El derecho particular determinará condiciones 92 1315| 3.    La ley particular puede también añadir otras 93 1315| indeterminada o facultativa, la ley particular puede también establecer 94 1317| puede establecer en una ley ~particular.~ ~ 95 1327| los cc. 1323-1326, la ley ~particular puede establecer otras circunstancias 96 1327| cuanto para un delito en particular.  ~Asimismo, pueden establecerse 97 1362| derecho ~común, si la ley particular determina otro plazo para 98 1436| para cada una de ellas en particular; y pueden ser ~removidos 99 1446| litigio versa sobre el bien particular de las ~partes, considere 100 1470| 1.    Si una ley particular no dispone otra cosa, mientras 101 | acciones y excepciones en particular~ ~ 102 1509| normas ~establecidas por ley particular.~        § 2.    Debe constar 103 1520| durante seis meses. Por ley ~particular pueden establecerse otros 104 1561| formule, a no ser que la ley particular ~establezca otra cosa.~ ~ 105 1580| juez, observando el derecho particular.~ ~ 106 1600| se trate solo del bien ~particular de las partes, si todas 107 1653| A no ser que la ley particular establezca otra cosa, el ~ 108 1672| a no ser que el derecho particular establezca que ~tales causas


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