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Capítulo IV De la Curia Romana
360 La Curia Romana, mediante la que el Romano Pontífice suele
tramitar los asuntos de la Iglesia universal, y que realiza su función en
nombre y por autoridad del mismo para el bien y servicio de las Iglesias,
consta de la Secretaría de Estado o Papal, del Consejo para los asuntos
públicos de la Iglesia, de las Congregaciones, Tribunales, y de otras
Instituciones, cuya constitución y competencia se determinan por ley
peculiar.
361 En este Código, bajo el nombre de Sede Apostólica o Santa Sede se
comprende no sólo al Romano Pontífice, sino también, a no ser que por su
misma naturaleza o por el contexto conste otra cosa, la Secretaría de
Estado, el Consejo para los asuntos públicos de la Iglesia, y otras
Instituciones de la Curia Romana.