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Codigo de Derecho Canonico
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Título I De las obligaciones y derechos de todos los fieles (Cann. 208 – 223)
 
208 Por su regeneración en Cristo, se da entre todos los fieles una 
verdadera igualdad en cuanto a la dignidad y acción, en virtud de la cual 
todos, según su propia condición y oficio, cooperan a la edificación del 
Cuerpo de Cristo.
 
209 § 1.    Los fieles están obligados a observar siempre la comunión 
con la Iglesia, incluso en su modo de obrar.
        § 2.    Cumplan con gran diligencia los deberes que tienen tanto 
respecto a la Iglesia  universal, como en relación con la Iglesia particular a 
la que pertenecen, según las prescripciones del derecho.
 
210 Todos los fieles deben esforzarse según su propia condición, por 
llevar una vida santa, así como por incrementar la Iglesia y promover su 
continua santificación.
 
211 Todos los fieles tienen el deber y el derecho de trabajar para que el 
mensaje divino de salvación alcance más y más a los hombres de todo 
tiempo y del orbe entero.
 
212 § 1.    Los fieles, conscientes de su propia responsabilidad, están 
obligados a seguir, por obediencia cristiana, todo aquello que los Pastores 
sagrados, en cuanto representantes de Cristo, declaran como maestros de la 
fe o establecen como rectores de la Iglesia.
        § 2.    Los fieles tienen derecho a manifestar a los Pastores de la 
Iglesia sus necesidades, principalmente las espirituales, y sus deseos.
        § 3.    Tienen el derecho, y a veces incluso el deber, en razón de su 
propio conocimiento, competencia y prestigio, de manifestar a los Pastores 
sagrados su opinión sobre aquello que pertenece al bien de la Iglesia y de 
manifestar a los demás fieles, salvando siempre la integridad de la fe y de 
las costumbres, la reverencia hacia los Pastores y habida cuenta de la 
utilidad común y de la dignidad de las personas.
 
213 Los fieles tienen derecho a recibir iie los Pastores sagrados la ayuda 
de los bienes espirituales de la Iglesia principalmente la paiabra de Dios y 
los sacramentos.
 
214 Los fieles tienen derecho a tributar culto a Dios según las normas 
del propio rito aprobado por los legítimos Pastores de la Iglesia, y a 
practicar su propia forma de vida espiritual, siempre que sea conforme con 
la doctrina de la Iglesia.
 
215 Los fieles tienen derecho a fundar y dirigir libremente asociaciones 
para fines de caridad o piedad, o para fomentar la vocación cristiana en el 
mundo; y también a reunirse para procurar en común esos mismos fines.
 
216 Todos los fieles, puesto que participan en la misión de la Iglesia, 
tienen derecho a promover y sostener la acción apostólica también con sus 
propias iniciativas, cada uno según su estado y condición; pero ninguna 
iniciativa se atribuya el nombre de católica sin contar con el consentimiento 
de la autoridad eclesiástica competente.
 
217 Los fieles, puesto que están llamados por el bautismo a llevar una 
vida congruente con la doctrina evangélica, tienen derecho a una educación 
cristiana por la que se les instruya convenientemente en orden a conseguir 
la madurez de la persona humana y al mismo tiempo conocer y vivir el 
misterio de la salvación.
 
218 Quienes se dedican a las ciencias sagradas gozan de una justa 
libertad para investigar, así como para manifestar prudentemente su opinión 
sobre todo aquello en lo que son peritos, guardando la debida sumisión al 
magisterio de la Iglesia.
 
219 En la elección del estado de vida, todos los fieles tienen el derecho 
a ser inmunes de cualquier coacción.
 
220 A nadie le es lícito lesionar ilegítimamente la buena fama de que 
alguien goza, ni violar el derecho de cada persona a proteger su propia 
intimidad.
 
221 § 1.    Compete a los fieles reclamar legítimamente los derechos 
que tienen en la Iglesia, y defenderlos en el fuero eclesiástico competente 
conforme a la norma del derecho.
        § 2.    Si son llamados a juicio por la autoridad competente, los 
fieles tienen también derecho a ser juzgados según las normas jurídicas, que 
deben ser aplicadas con equidad.
        § 3.    Los fieles tienen el derecho a no ser sancionados con penas 
canónicas, si no es conforme a la norma legal.
 
222 § 1.    Los fieles tienen el deber de ayudar a la Iglesia en sus 
necesidades, de modo que disponga de lo necesario para el culto divino, las 
obras de apostolado y de caridad y el conveniente sustento de los 
ministros.
        § 2.    Tienen también el deber de promover la justicia social, así 
como, recordando el precepto del Señor, ayudar a los pobres con sus 
propios bienes.
 
223 § 1.    En el ejercicio de sus derechos, tanto individualmente como 
unidos en asociaciones, los fieles han de tener en cuenta el bien común de 
la Iglesia, así como también los derechos ajenos y sus deberes respecto a 
otros.
        § 2.    Compete a la autoridad eclesiástica regular, en atención al 
bien común, el ejercicio de los derechos propios de los fieles.
 



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